Imprímelo solo si es necesarioEl Escorial: El Partido MonteArroyo propone un Código de Buenas Prácticas para la Corporación Municipal
Noviembre 16, 2009 Por Redaccion
“MonteArroyo Partido Independente, como partido ciudadano de El Escorial, con un espÃritu de trasladar la visión directa de los ciudadanos, y ajeno a órdenes y conveniencias polÃticas venidas de las centrales de los partidos, propone al resto de grupos municipales la aceptación de un código ético o de buen gobierno a través de un Manual de Buenas Prácticas para los miembros de la Corporación Municipal”, han informado.
Para MonteArroyo, este es un “documento ya adoptado en San Sebastián a principios de 2006, facilitado por la FEMP, y que vemos muy necesario en la situación general de los municipios y especialmente en el nuestro, salpicado por noticias que hacen nacer la desconfianza de nuestros vecinos en sus gobernantes”.
El documento “adaptado a nuestro pueblo, destaca que el papel de los cargos públicos en los Ayuntamientos, esencial para el funcionamiento del sistema democrático, es ejercido, en general, con responsabilidad, voluntad de servicio, transparencia, eficacia y dedicación, a pesar de que, en algunas ocasiones, ha soportado casos de mala gestión y corrupción, falta de transparencia, transfuguismo y escasa comunicación con la ciudadanÃa”, enfatizan.
“Por todo ello, el Manual de Buenas Prácticas PolÃticas fija un compromiso de los miembros del gobierno y de la oposición con la ciudadanÃa por el que se comprometen, no sólo a cumplir con las obligaciones previstas en las leyes, sino también a guiarse por principios éticos en sus actuaciones”, explican.
Han informado, además, que “esta propuesta que hemos trasladado a los grupos del PP, PSOE e IU, será objeto de una moción presentada por MonteArroyo en el próximo pleno ordinario”.
“Creemos que es un documento esencial para el momento que vivimos donde la corrupción municipal ha ocupado un significativo tercer puesto en la preocupación de los españoles. Esperamos que reciba el apoyo de todos los grupos, para evitar que los vecinos pidan explicaciones a los partidos que no lo aprueben”, explicitan.
Qué dice el Código de Buenas Prácticas
I – Principios y valores en el desempeño del cargo
El Alcalde o Alcaldesa y las/los Concejales adoptan como base de su quehacer diario, los valores cÃvicos y principios del respeto a los derechos humanos, la honestidad, la solidaridad, la transparencia, la igualdad, la defensa del medio ambiente y la democracia participativa.
En la idea de profundizar en la calidad de la democracia y combatir el desencanto y la desconfianza de la sociedad hacia la polÃtica todos los miembros de la Corporación municipal tratarán, en el desarrollo de sus funciones, de educar y proyectar a la ciudadanÃa los principios y valores anteriormente señalados.
Además, en la toma de decisiones defenderán los intereses generales de la ciudadanÃa, ajustando sus actuaciones a los criterios inexcusables de objetividad, dedicación, imparcialidad, responsabilidad, austeridad y eficacia.
II Actitudes y comportamientos a seguir
Los cargos públicos electos trabajarán en estrecha colaboración con los Técnicos del Ayuntamiento y sus departamentos para garantizar la defensa del interés público, la calidad en los servicios, el impulso en la modernización de la Administración Municipal y la corrección de las desigualdades sociales existentes y desequilibrios entre los barrios.
Al mismo tiempo, los gobernantes se esforzarán por cumplir lealmente los compromisos incluidos en su Programa de Gobierno, estando obligados a dar cuenta del nivel de ejecución al finalizar su mandato.
Por otra parte, las relaciones entre los componentes del Gobierno Municipal se regirán por los principios de lealtad, solidaridad y respeto a las decisiones adoptadas, manteniendo la discreción sobre las deliberaciones que se den en su seno. Por ello, los miembros de la Corporación evitarán los insultos y las descalificaciones personales hacia cualquier compañero de la Corporación o hacia la ciudadanÃa en general, utilizando un tono respetuoso y responsable en sus intervenciones y declaraciones, y manejando datos rigurosos en el desempeño de sus funciones.
Del mismo modo, los miembros del Gobierno Municipal, respetando la decisión de sus votantes y como actitud de rechazo al transfuguismo, mantendrán durante el mandato su pertenencia al Grupo Municipal formado por la lista electoral en la que resultaron elegidos.
El Gobierno Municipal y sus candidatas/os respetarán escrupulosamente las normas que regulan las campañas electorales, especialmente las referidas a su financiación y al uso indebido del cargo en momentos de campaña.
En apoyo a la polÃtica de movilidad sostenible y como respeto al medio ambiente, por coherencia y en la medida de sus posibilidades, el Alcalde/sa y las/los concejalesutilizarán el transporte público en sus desplazamientos por la el municipio.
Los miembros del Gobierno no participarán en la adopción de medidas o acuerdos que les concedan una ventaja personal o profesional, tanto en el seno del Ayuntamiento y de las entidades públicas, como en aquellas entidades o sociedades en las que se participe como miembros del Gobierno o existan relaciones contractuales.
No se aceptarán regalos de carácter significativo que vayan más allá de los usos sociales habituales, ni compensaciones o favores que puedan condicionar el desempeño de sus funciones.
Evitarán toda actuación que pueda representar discriminación alguna, cuidando en especial la promoción del respeto a la igualdad entre hombres y mujeres.
III Sobre la democracia participativa
El Gobierno se compromete a potenciar los cauces de participación de la ciudadanÃa, desarrollando con sentido innovador las normas y reglamentos que regulan los procesos de participación democrática, con el objetivo de estimular la cultura democrática y hacer de El Escorial un municipio participativo.
Cada uno de los miembros del Gobierno Municipal dedicará especial atención a la aplicación de la participación ciudadana, con carácter transversal en cada área o Departamento de gestión.
El/la Alcalde/sa y las/los Concejales promoverán la implicación y participación de los ciudadanos, colectivos y entidades escurialenses en la elaboración y seguimiento de los grandes instrumentos de revitalización, modernización y planificación de El Escorial (planes urbanÃsticos, planes de movilidad, consejos locales de seguridad, escolares, culturales, etc.).
Al mismo tiempo, el Gobierno impulsará los Presupuestos participativos, facilitando un procedimiento que permita el debate y la inclusión de actuaciones e inversiones por parte de ciudadanos/as, organismos y entidades del municipio, que deberán ser tenidos en cuenta a la hora de establecer los grandes objetivos y proyectos estratégicos del Ayuntamiento para el conjunto del mandato.
De este modo, el fomento del asociacionismo y el voluntariado social son también tareas a realizar que, junto al desarrollo de la democracia participativa, permitirán incidir en una muy necesaria transformación social.
IV Incompatibilidades
La necesidad de realizar su trabajo en estrecha colaboración con funcionarios y técnicos municipales y de atención a las responsabilidades conferidas, exige de los cargos electos locales una dedicación responsable y la no existencia, por tanto, de intereses personales ni clientelares en el ámbito de sus decisiones ni competencias.
De acuerdo con el marco de incompatibilidades marcado por la ley, se declarará cualquier interés personal (patrimonial o familiar) en un asunto o expediente municipal, absteniéndose los miembros del Gobierno de participar en los debates y en la adopción de acuerdos.
Por ello, los miembros del Gobierno Municipal formularán al inicio de su mandato la declaración de todos sus bienes y derechos patrimoniales y de las actividades que desempeñen en el momento del nombramiento. Lo mismo deberán hacer a su finalización, absteniéndose, por tanto, de cualquier actividad o interés que pueda comprometer la objetividad de la Administración Municipal.
V La transparencia en la información
Se estimularán y desarrollarán las medidas que favorezcan la transparencia de las actuaciones y decisiones en el ejercicio de las competencias municipales. Para ello, los miembros del Gobierno Municipal mantendrán reuniones periódicas con los grupos municipales de oposición, además de las establecidas en la Junta de Portavoces, Comisiones Informativas o Especiales, para dar cuenta de iniciativas y proyectos del Gobierno escurialense, asà como para consultar, debatir y recoger sus aportaciones, con el ánimo de favorecer los consensos y las ideas y aportaciones de todos los grupos polÃticos elegidos.
Se utilizarán los medios de comunicación y los sistemas de publicidad disponibles, para informar a la ciudadanÃa de las decisiones adoptadas en el seno del Gobierno Municipal, asà como para trasladar, debatir y consultar futuros proyectos y programas de actuación de las diferentes áreas municipales. En todo caso, la actividad publicitaria estará sometida a los principios de objetividad y uso no partidista.
Además, el Gobierno escurialense promoverá las medidas que permitan el acceso directo de la ciudadanÃa, a través de Internet, a la ejecución presupuestaria, a los proyectos y contratos públicos, asà como la realización de trámites y gestiones administrativas., en cumplimiento de la Ley 11/2007 y de las posteriores que se aprueben.
Por otra parte, se garantizará la publicidad de las informaciones necesarias para cumplir el procedimiento de la contratación pública, respondiendo de forma rigurosa a las demandas de información sobre las licitaciones en curso.
Y por último, los miembros del Gobierno escurialense utilizarán a petición propia la facultad de comparecer ante las Comisiones y el Pleno para explicar, con toda transparencia, cuestiones de trascendencia que se refieran a su ámbito competencial.
Igualmente, se someterán a la petición de cualquier grupo polÃtico para responder a cuestiones planteadas que se refieran a su ámbito competencial
VI La gestión responsable de los bienes públicos
La responsabilidad que el Alcalde/sa y Concejalestienen en la gestión de los bienes y patrimonio públicos, les obliga a observar una serie de medidas para garantizar el respeto a la legalidad y a la ética polÃtica, como son:
• Respetar los principios de publicidad y libre concurrencia.
• Objetivar y fundamentar las decisiones.
• Actuar con transparencia en los procesos.
• Dar confianza a los/as funcionarios/as encargados de elaborar los informes técnicos.
• Ejecutar correctamente las resoluciones emanadas de los órganos competentes en los procesos de contratación
La contratación pública
Se garantizará el funcionamiento libre de la Mesa de Contratación como órgano competente para adjudicar, conforme a los Pliegos de Bases, los Concursos y Contratos públicos, atendiendo a criterios objetivos de calidad, coste, plazo, garantÃas de ejecución y desarrollo sostenible.
Los miembros del Gobierno Municipal y funcionarios locales no participarán, directamente o mediante empresas o personas interpuestas, en las licitaciones. Ni el/la Alcalde/esa ni las/los concejalestratarán de influir en la Mesa de Contratación para favorecer o perjudicar a ninguna de las ofertas, puesto que la Mesa de Contratación estará compuesta, en su gran mayorÃa por técnicos/as cualificados de distintos Departamentos de la Corporación Local.
La cualificación de los técnicos se garantiza a través de la selección y promoción de los funcionarios locales en la igualdad de acceso a los puestos públicos, el mérito personal, la libre competencia y la ausencia de favoritismos o discriminaciones por cualquier causa.
Concesión de permisos y licencias
Los permisos y autorizaciones se concederán con celeridad atendiendo a criterios técnicos objetivos y en base a los informes técnicos pertinentes.
El Alcalde/esa y las/los concejalesestarán obligados a dar a conocer en el órgano correspondiente la existencia de una petición de licencia o autorización en la que ellos mismos o un miembro de su familia tengan un interés, absteniéndose de participar en los debates y de adoptar decisiones en tal caso.
No influirán, por tanto, en la agilización o resolución de un trámite o procedimiento administrativo sin una justa causa y, en ningún caso, cuando ello comporte un privilegio en beneficio de los miembros del Gobierno o de su entorno familiar.
Subvenciones
Se respetarán los criterios objetivos establecidos en la normativa aprobada por el Pleno del Ayuntamiento para la concesión de subvenciones. Por tanto, las subvenciones se concederán atendiendo a informes objetivos de los técnicos, que serán públicos y podrán ponerse a disposición de las personas interesadas a través de la página web municipal.
VII Gestión del patrimonio municipal
Los miembros del Gobierno Municipal se dotarán de los instrumentos necesarios para efectuar una gestión eficaz del patrimonio del municipio que permita la mejor defensa del interés general.
Para la buena administración de los bienes municipales, el Gobierno actualizará el inventario y se adoptarán las medidas necesarias para garantizar la defensa, protección y mantenimiento del patrimonio catalogado del municipio, por lo que deberán establecerse, por tanto, criterios claros y transparentes para la venta, arrendamiento o cesión de bienes del patrimonio municipal.
En el caso de una finalidad económica, se aplicará la normativa de los contratos públicos. Si se pretende un fin social, deberá justificarse y establecer criterios que garanticen que la operación se hace en beneficio del interés público o social.
VIII De los controles a la gestión
Control por parte de la ciudadanÃa
Se facilitará el acceso de la ciudadanÃa a la información, especialmente a los documentos administrativos, asà como al contenido y ejecución de los presupuestos y a la situación de los proyectos estratégicos.
Se pondrán en marcha las instancias ciudadanas precisas para realizar la labor de seguimiento de los Presupuestos Participativos Municipales.
Se dará cuenta periódicamente, a través de los Consejos e instancias de participación ciudadana, de la gestión del Gobierno Municipal, de las polÃticas sectoriales y de la marcha de los proyectos en cada barrio.
Control del Pleno
En coherencia con la apuesta por un nuevo modelo de organización de las funciones del Pleno y del Gobierno del Ayuntamiento y entendiendo el Pleno como un órgano de control polÃtico y de impulso de polÃticas y servicios, el Alcalde/sa no deberá presidir, como criterio general, el Pleno.
A fin de garantizar el debido control de la labor del/la Alcalde/esa y los Concejales, el Gobierno Municipal respetará y facilitará la aplicación de los instrumentos de control a su gestión establecidos en los Reglamentos Orgánicos correspondientes.
Control de otras instancias
El Gobierno Municipal prestará la máxima colaboración con el Tribunal de Cuentas en el ejercicio de sus funciones, asà como con el Tribunal Económico-Administrativo en el desarrollo de sus cometidos. Y además, el/la Alcalde/esa y las/los concejales adoptarán las medidas adecuadas para garantizar la ejecución de las decisiones judiciales con la mayor diligencia.
IX De las indemnizaciones y compensaciones por gastos
Los miembros del Gobierno Municipal que en el ejercicio de sus funciones se vean obligados a incurrir en ciertos gastos, serán indemnizados o compensados por la cuantÃa exacta de los realizados, que deberá contar con los informes favorables del/de la Secretario General del Ayuntamiento y del/de la responsable de Intervención.
Atendiendo a las necesidades de indemnización o compensación por los gastos necesariamente efectuados, los miembros del Gobierno Municipal actuarán de acuerdo con criterios de austeridad y prudencia en la ejecución del gasto.
















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